A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicción suscitado por el Consejo de Estado y el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Barranquilla (Atlántico).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso una ciudadana en contra de actos administrativos emitidos por el Ministerio de Trabajo, mediante los cuales se autorizó terminar un contrato de trabajo.
Según la demandante, dichos actos se profirieron sin la suficiente valoración probatoria.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de competencia, la Corte determinó que las autorizaciones que otorguen los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, y los Coordinadores de los Grupos de Atención al Ciudadano y Trámites del Ministerio de Trabajo, sobre la terminación de contratos laborales en la que los trabajadores privados estén en condición de discapacidad, constituyen una presunción de despido justo.
En consecuencia, las controversias que susciten estas decisiones son de competencia del juez de conocimiento, dependiendo la vinculación laboral que tenga el trabajador privado.
Con base en lo anterior, se ordenó el envío del expediente al Juzgado 10 Laboral del Circuito de Barranquilla para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Consejo de Estado y el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Barranquilla, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Barranquilla es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por la señora Katerine del Mar Velasco Aguilar.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-333 al Juzgado 10 Laboral del Circuito de Barranquilla para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique a la Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.